La Delegación del Gobierno ya ha definido las pautas oficiales para el proceso de regularización extraordinaria en España. Este procedimiento, que estará activo hasta el 30 de junio de 2026, representa una oportunidad clave para miles de personas de la comunidad latina que residen en el país.

Contar con información oficial es fundamental para evitar errores y no quedarse fuera del proceso.

✅ REQUISITOS

🔹 Será necesario acreditar la estancia previa en España antes del 1 de enero de 2026.

🔹 Además, se exige una permanencia continuada mínima de 5 meses en el momento de presentar la solicitud.

🔹 También será imprescindible la ausencia de antecedentes penales .

🔹 En el caso de solicitantes de protección internacional, bastará con haber presentado la solicitud antes del 1 de enero de 2026 y poder acreditarlo debidamente.

✅ CALENDARIO

🗓️ 14 de abril: Aprobación del proceso en el Consejo de Ministros.

🗓️ 15 de abril: Publicación del procedimiento en el BOE.

🗓️ 16 de abril: Inicio de la tramitación telemática de solicitudes. Y además, se habilita también la solicitud de cita previa para atención presencial.

🗓️ 20 de abril: Comienzo de la atención presencial , siempre mediante cita previa.

🗓️ 30 de junio de 2026 : Finaliza el plazo para la presentación de solicitudes.

✅ VÍAS DE PRESENTACIÓN

El procedimiento se ha diseñado para facilitar el acceso mediante diferentes canales, adaptándose a las necesidades de cada persona:

🖥️ Vía telemática (disponible 24h al día 7 días desde el 16 de abril):

✔️ Podrán presentar la solicitud directamente los interesados que dispongan de certificado electrónico y NIE.

✔️ También se podrá realizar a través de personas inscritas en el Registro Electrónico de Apoderamientos.

✔️ Asimismo, se podrá contar con representantes profesionales como abogados, graduados sociales o gestores administrativos.

✔️ Además, las entidades inscritas en el Registro de Colaboradores de Extranjería podrán prestar asistencia gratuita en la presentación de solicitudes.

📥 Vía presencial (desde el 20 de abril):

Disponible únicamente mediante cita previa.

✅ CITA PREVIA PARA ATENCIÓN PRESENCIAL

➡️ La cita previa será obligatoria para realizar la solicitud de forma presencial.

➡️ El plazo para solicitarla se abre el 16 de abril, aunque la atención en oficinas comenzará el día 20.

➡️ Podrá solicitarse a través de un formulario en la web del Ministerio, utilizando el sistema de identificación Cl@ve.

➡️ También estará disponible la opción de solicitarla llamando al teléfono 060.

✅ ATENCIÓN PRESENCIAL

🏫 Oficinas de la Seguridad Social: al menos una por provincia, con atención de lunes a viernes en horario de 16:00 a 19:00 horas.

🏫 Sucursales de Correos: Ubicadas en capitales de provincia y municipios de más de 50.000 habitantes, con horario ininterrumpido de 08:30 a 17:30 horas.

🏫 Oficinas de Extranjería: Disponibles en determinadas provincias (Madrid, Alicante, Valencia, Almería y Murcia), exclusivamente en horario de tarde de 16:00 a 19:00 horas.

✅ MÁS INFORMACIÓN

📞 Teléfono 060: Disponible de lunes a viernes, de 09:30 a 14:00 horas y de 16:30 a 19:30 horas.

🌐 Portal específico: Se habilitará un espacio dedicado dentro de la web del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones con toda la información actualizada sobre el proceso.